viernes, 5 de junio de 2015

AVISO URGENTE

Como aparecía en aviso publicado el día 1 de junio en el blog del Centro y en la nota enviada a través del alumnado, se aclara que los trabajadores por cuenta ajena deben presentar, junto con la certificación expedida por el titular de la empresa, INFORME DE VIDA LABORAL expedido el organismo oficial competente en la materia.


Se trata de un requisito obligatorio, por lo que todas aquellas personas que presenten o hayan presentado certificación de trabajo por cuenta ajena tienen que entregar además el mencionado Informe de vida laboral actualizado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.